martes, 16 de junio de 2009

ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA DEL ESTADO COLOMBIANO.


1. Características del Estado Colombiano:
Art. 1º Constitución Política de Colombia “es un Estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Estructura del Estado: De acuerdo con la organización de:


2. DERECHOS DEL CIUDADANO.

DERECHOS Y DEBERES ESENCIALES DEL
CIUDADANO

Están consagrados en la Constitución Colombiana y se encuentran divididos en:
Derechos fundamentales

Derechos: sociales, económicos y culturales

Derechos: colectivos y del ambiente

La constitución también establece los siguientes aspectos:
*Protección y aplicación de los derechos


3. DEBERES CONSAGRADOS EN LA CONSTITUCION PARA LOS COLOMBIANOS:
Artículo 22.- La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Artículo 95.- La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.
Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales;
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;
7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.





4. LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES

. Recuerda:
(a) que al incorporarse libremente a la OIT, todos los Miembros han aceptado los principios y derechos enunciados en su Constitución y en la Declaración de Filadelfia, y se han comprometido a esforzarse por lograr los objetivos generales de la Organización en toda la medida de sus posibilidades y atendiendo a sus condiciones específicas;
(b) que esos principios y derechos han sido expresados y desarrollados en forma de derechos y obligaciones específicos en convenios que han sido reconocidos como fundamentales dentro y fuera de la Organización.
2. Declara que todos los Miembros, aun cuando no hayan ratificado los convenios aludidos, tienen un compromiso que se deriva de su mera pertenencia a la Organización de respetar, promover y hacer realidad, de buena fe y de conformidad con la Constitución, los principios relativos a los derechos fundamentales que son objeto de esos convenios, es decir:
(a) a libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva;
(b) la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio;
(c) la abolición efectiva del trabajo infantil; y
(d) la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación.

5. El sistema educativo nacional.

Educación en Colombia, sistema educativo de Colombia.
2

Legislación vigente del sistema educativo colombiano
Versión para imprimir la sección
Los principios fundamentales del sistema educativo colombiano están recogidos en la Constitución política de Colombia y en la Ley General de Educación de 1994. Esta ley señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación y se fundamenta en los principios de la Constitución política sobre el derecho que tiene toda persona a recibir educación.
La Constitución, en su artículo 67, dice lo siguiente: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social... Formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá, como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica mínima. La educación será gratuita en las instituciones del Estado. La nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales en los términos que señalen la Constitución y la Ley”.
El artículo 68 refiere las condiciones para la creación y gestión de los establecimientos educativos: “La comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación... La enseñanza estará a cargo de personas de reconocida idoneidad ética y pedagógica. Los padres de familia tendrán derecho a escoger el tipo de educación para sus hijos menores. En los establecimientos del Estado ninguna persona podrá ser obligada a recibir educación religiosa”. La Constitución establece también que el Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
Colombia necesitó casi una década para aumentar en un grado el nivel promedio de escolaridad, que continúa siendo bajo para el nivel de desarrollo del país. A comienzos de siglo, la escolaridad media de la población de 15 años o más solo era superior a la de siete países de la región, (Brasil, Nicaragua, Haití, República Dominicana, El Salvador, Honduras y Guatemala). Durante las ultimas décadas Colombia ha realizado grandes esfuerzos para superar los escollos en los distintos niveles educativos, y actualmente existen planes sectoriales específicamente destinados a mejorar la cobertura, calidad y eficiencia de la formación.
3

Niveles del sistema educativo
Versión para imprimir la sección
El Sistema Educativo comprende la educación formal, que se imparte dentro de periodos lectivos y conduce a la obtención de titulaciones académicas, y la educación no formal, que se imparte sin sujeción a periodos de secuencia regulada y no conduce a grados ni a títulos.
La educación formal comprende los siguientes niveles progresivos:
- Educación preescolar
- Educación básica (primaria y secundaria)
- Educación media
- Educación superior
La educación preescolar se refiere a niños menores de 6 años de edad y será obligatoria, mínimo en un año lectivo (edad de 5 años).
La educación básica comprende un ciclo de educación “básica primaria“ que se extiende del grado 1 al 5, a niños cuyas edades oscilan entre los 6 y los 10 años, y el ciclo de educación “básica secundaria“ que se imparte del grado 6 al 9, entre las edades de 11 a 14 años, en instituciones privadas u oficiales. Tanto en este caso como en la educación primaria, el plan de estudios está organizado por áreas de conocimiento.
La educación media vocacional (véase Enseñanza media superior) comprende los grados 10 y 11 para los alumnos cuyas edades oscilen entre los 15 y 16 años. Culmina con la expedición del título de bachiller, en el que se especifica la modalidad y especialidad.
La educación superior continúa la formación integral del hombre como persona culta y útil a la sociedad y conduce a la obtención de títulos o a la acumulación de derechos académicos en las modalidades educativas de formación intermedia profesional, formación tecnológica, formación universitaria y formación avanzada o de posgrado.
En la actualidad la educación básica primaria se ofrece de manera totalmente gratuita en las escuelas oficiales. En la secundaria, en la media y universitaria oficiales se pagan algunos derechos mínimos de acuerdo con los ingresos de los padres de familia.
4

Otros tipos y modalidades de educación
Versión para imprimir la sección
4.1

Educación especial
La educación especial se refiere a aquellos estudiantes sobresalientes o a aquellos que presenten deficiencias físicas, mentales, emocionales, sociales, o tengan dificultades especiales en el aprendizaje. El gobierno establecerá programas, estimulará la iniciativa privada y promoverá la formación de personal docente y la investigación.
Diversas instituciones se han especializado en los siguientes tipos de limitación:
- Retardo mental.
- Limitación auditiva.
- Limitación visual.
- Limitación física.
- Dificultades en el aprendizaje.
- Problemas de conducta o de personalidad.
- Facultades sobresalientes.
- Casos crónicos de salud.
Comunidad de voluntarios pertenecientes a colegios y universidades que comparte experiencias en torno al software de libre redistribución en el país.
· La educación formal en Colombia se conforma por los niveles de educación preescolar, educación básica, educación media y de nivel universitario.

Educación en Colombia

Introducción; Legislación vigente del sistema educativo colombiano; Niveles del sistema educativo; Otros tipos y modalidades de educación
4.2

Educación de adultos
El Ministerio de Educación Nacional ha promovido el fortalecimiento institucional del programa de Educación Popular de Adultos, para llevar a cabo un sistema de educación popular básica y continuada de jóvenes y adultos con el objetivo de erradicar el analfabetismo y promover la participación de los diferentes sectores sociales en la vida económica, política y cultural. Véase Educación de adultos.
Los planes sectoriales contemplan los siguientes objetivos:
- Contribuir al desarrollo del pensamiento crítico y la actitud creadora.
- Optimizar la calidad de la educación mediante procesos pedagógicos, administrativos y organizativos que introduzcan enfoques alternativos.
- Dinamizar el desarrollo cultural y la participación democrática de los jóvenes y adultos, en especial de los sectores populares.
4.3

Educación rural
Para llevar a cabo esta modalidad educativa se han creado institutos agrícolas nacionales cuyos planes de estudio se centran en el desarrollo del agro, contribuyendo así al desarrollo integral del país. En los institutos se llevan a cabo proyectos agrícolas y pecuarios, los cuales son de carácter dirigido y supervisado.
4.4

Educación de minorías étnico-lingüísticas
El programa de etno-educación se orienta a prestar asesoría y apoyo financiero a las comunidades para que elaboren sus propios currículos de acuerdo con su necesidad socio-culturales y propicia las investigaciones que requieran estos procesos en campos como la antropología, la lingüística y la pedagogía.

6. PRINCIPALES ASPECTOS DEL MUNICIPIO (SEGÚN MATERIAL DEL CENTRO DE FORMACION):
Centros de FormaciónLa regional Distrito Capital en cumplimiento a la misión del Sena, ofrece y ejecuta los programas de Formación Profesional Gratuita para la incorporación de las personas en actividades productivas que contribuyan al crecimiento social, económico y tecnológico del país, a través de 15 Centros de Formación ubicados en Bogotá, que atienden los sectores comercio y servicios, y el industrial.
Además, brindamos capacitación a personal vinculado a las empresas; información; orientación y capacitación para el empleo; apoyo al desarrollo empresarial; servicios tecnológicos para el sector productivo, y apoyo a proyectos de innovación, desarrollo tecnológico y competitividad.
Formación Impartida
Formación Titulada: es la formación impartida por el SENA que conduce a una certificación en los niveles de Trabajador Calificado, de Técnico o de Tecnólogo. Esta formación tiene una duración igual o superior a un año y se orienta primordialmente a la formación del nuevo recurso humano calificado para el trabajo productivo.
Todas las personas que ingresan a esta formación cumplen con dos etapas: la lectiva y la productiva a través del contrato de aprendizaje.
Formación Continua: acción de formación de corta duración para atender necesidades puntuales de las personas o las empresas para la actualización o complementación, con el propósito de mejorar el desempeño o permitir la movilidad de los trabajadores vinculados.
Formación Ocupacional: Acción de formación de corta duración para atender las necesidades puntuales de reconversión laboral y/o actualización de desempleados.
Formación Continua – Convenio con Empleadores: Es la formación dirigida al personal vinculado como actualización o formación profesional, desarrollada en articulación con el sector productivo mediante convenios especiales de cooperación con los empleadores.
Uno de los retos actuales del SENA es la Formación por Competencias Laborales, bajo este modelo se evalúa el nivel en el que se encuentra el trabajador de una empresa frente a lo que hoy exige el sector productivo. Así si sus conocimientos, habilidades y destrezas son aptas, se les certifica, y si no, los centros están en la capacidad de formarlo, reforzar y actualizar aquellos conocimientos que necesite sin tener que capacitarlo en aspectos básicos que ya conoce, de esta manera gana el trabajador y gana la empresa. Bajo este modelo se forma igualmente nuevo talento humano que requiere el sector productivo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario